Bienestar personal: estrategias de autoprotección para pequeñas empresas 6n5b5d
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Editado 03-06-2024 10:41 z5d62
Recuerdo cuando de pequeña, bajaba con mi hermano desde la casa de mis abuelos, en la Alcaicería de Granada, a la pequeña tienda de Cuqui para devolverle los cascos de los riquísimos batidos granadinos Puleva que nos tomábamos, por los que nos daba unas pesetas, dinerillo que inmediatamente nos gastábamos en bollos y chocolatinas. Aquella era la manera que teníamos de reciclar los envases a finales de los 70 principios de los 80. Hoy la cosa está más complicada…
Que nuestra economía sea circular para que el futuro sea sostenible depende, en gran medida, de que en cuestión de seis años, los países de la Unión Europea (UE) consigan reducir 23 millones de toneladas de emisiones de gases de efecto invernadero que provienen de los envases y 1,1 millón de metros cúbicos de agua, lo que supondría una disminución de 6.400 millones de euros en daños medioambientales para la economía y la sociedad.
Prevenir el desperdicio de envases, impulsar la reutilización y el recambio y hacer que todos los envases de los productos vendidos en la UE sean reciclables para 2030 son algunas de las propuestas clave del Plan de Acción de Economía Circular del Pacto Verde Europeo. El objetivo que plantea la Comisión Europea (CE) es alcanzar una reducción general de los residuos de la Unión de alrededor del 37% en 2040.
A 31 de diciembre de 2030, los Estados tendrán que reciclar un mínimo del 70% del peso de todos los residuos de envases generados y, en concreto, del peso del 55% del plástico, del 30% de la madera, del 80% de los metales ferrosos, del 60% del aluminio, del 75% del vidrio y del 85% del cartón y del papel.
A tenor de las cifras, cabe pensar en el esfuerzo y el desembolso que tendrán que realizar las empresas, aún más, las pymes para lograr estas metas. No obstante, la Comisión asegura que, si bien las industrias de envases de un solo uso tendrán efectivamente que invertir en esta transición, el impacto económico y de creación de empleo en la UE será positivo: se prevé que solo el impulso a la reutilización de envases genere más de 600.000 puestos de trabajo para 2030, muchos de ellos en pequeñas y medianas empresas locales.
Además, desde Bruselas se confía en la innovación en soluciones de embalaje que se desarrollará en los próximos años para reducir, reutilizar y reciclar.
Mientras que, con estas miras, la Comisión tramita ya el nuevo Reglamento sobre envases (obligatorio para cada Estado miembro y directamente aplicable tras su entrada en vigor, sin necesidad de transposición al Derecho nacional) del que previsiblemente se adoptará un texto final a lo largo de este 2024, en España estamos empezando a aplicar el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, resultado en esta ocasión sí, de la transposición de la Directiva 94/62/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre, relativa a los envases y residuos de envases , que quedará derogada, una vez entre en vigor el nuevo Reglamento.
Así pues, empresas, ciudadanía y sector público deberán acatar el cumplimiento del futuro reglamento y el de este ‘recién’ estrenado RD, compromiso adquirido por la UE en el V Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible .
Si todavía no sabes si el RD de envases y residuos de envases te afecta o no, cuáles son sus novedades, qué obligaciones tienes, o en qué periodo deberías ponerte al día para cumplir con la normativa (si no lo has hecho ya), no te preocupes, porque la asociación Women Action Sustainability (WAS) ha elaborado, junto con Ecoembes, la Guía práctica para pymes RD 1055/2022, de envases y residuos de envases . A modo de herramienta práctica e informativa, este breve manual incorpora interesantes ejemplos de los logros de envasados de las empresas Alcampo, Aneabe, Biobardales, Choví, Schneider Electric y SDDR de Envase Industrial.
El RD 1055/2022 considera envase: “Todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo. Se considerarán también envases todos los artículos desechables utilizados con este mismo fin”.
Y define a los envasadores (productores de envases) como “los agentes económicos dedicados al envasado de productos para su puesta en el mercado”. Y añade que: “En el caso de los envases de servicio, se considerará envasador al titular del comercio que suministre o entregue dichos envases al consumidor o final. En el caso de los envases empleados en las ventas a distancia, tendrá la consideración de envasador el titular del comercio responsable de la venta, respecto de esos envases.
Por tanto, “el RD afecta a todo envasador que comercialice envases en el mercado español, ya sea de manera presencial o por internet”, afirma Natalia Sierra Conde Saraiva de Carvalho, presidenta del Grupo de Regulación de WAS y directora de Relaciones Institucionales y Asuntos Públicos de Ambiwaste, entidad gestora de Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, y ahora también de envases comerciales e industriales.
Esta experta jurídica indica que una de las novedades de la nueva norma es que extiende la aplicación de la figura de “Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) -que solo se venía aplicando a los envases domésticos- a los envases comerciales e industriales: “Esto quiere decir que, para el 1 de enero de 2025, los productores tendrán que sufragar obligatoriamente la gestión de los residuos de envases que ocasionen sus productos una vez consumidos estos”.
Para esa gestión de residuos de envases, en cada sector económico se están creando los nuevos Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP), como es el caso de Ambienvases, creado para la gestión de envases de los sectores de material eléctrico y de iluminación.
Además, Natalia Sierra explica que, para el control del cumplimiento de la RAP, todos los productores que pongan envases en el mercado nacional han de inscribirse en la sección Envases del Registro de Productores de Producto y remitir un informe anual sobre sus embalajes: “El plazo para registrarse y recabar la información era de tres meses desde la entrada en vigor del RD, por lo que finalizaba el 29 de marzo de 2023, pero fecha que se ha ampliado”.
Otra de las novedades que será de obligado cumplimiento es el marcado y etiquetado de los envases. “Es un tema de gran impacto sobre el que Bruselas tiene por objetivo homogeneizar los símbolos en toda la UE, como forma también de combatir el greenwashing”, asegura Sierra Conde Saraiva de Carvalho.
Por último, la norma pone énfasis en los Planes empresariales de prevención y ecodiseño. “Se trata de la obligación de presentar un plan quinquenal de prevención para las empresas que en un año natural introduzcan en el mercado las siguientes cantidades o más de envases, ya sean domésticos, comerciales o industriales: 250 toneladas de vidrio, 50 toneladas de acero, 30 toneladas de aluminio, 20 toneladas de plástico, 20 toneladas de madera, 15 toneladas de cartón o materiales compuestos, o 300 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades”.
Los pequeños negocios y las iniciativas online no son ajenos a esta normativa y tienen distinta responsabilidad y obligaciones (igual que el resto de empresas), en relación con que sean responsables o no de los envases. Natalia Sierra detalla los tipos de envasador:
“Por ejemplo, las pequeñas empresas que venden sus productos a través de sus webs al final, ya cumplían con las exigencias en materia de responsabilidad ampliada del productor de los envases domésticos de su producto, pero ahora tienen que estar muy atentas a cualquier otro envase, no solo el del producto, sino también el del transporte, que queda considerado comercial, o industrial en el caso de procesos productivos donde utilice envases industriales”, comenta la presidenta del Grupo de Regulación de WAS.
A esos responsables de la puesta en el mercado de envases, ya sean domésticos, comerciales e industriales, les tocará cumplir con una serie de obligaciones:
Especial atención se le ha dado en esta norma, a la situación de los marketplaces. “A través de estas plataformas de comercio electrónico, muchos envasadores fuera del espacio europeo ponen en el mercado español envases primarios y secundarios, y es necesario que en España se responsabilicen de esos envases. Si estos envasadores extranjeros no cumplen, la norma obliga a los marketplaces a asumir dicha obligación”, según palabras de Sierra.
Es conveniente cumplir con las nuevas normativas, por Ley, por conciencia y por el bolsillo, puesto que las sanciones, reguladas por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular , podrán llegar a los 100.000 euros, a la inhabilitación y al decomiso de mercancías.
Si no se toman medidas, los residuos de envases, que aumentaron más de un 20% en los últimos 10 años en la UE, seguirán in crescendo otro 19% hasta 2030.
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